El TJUE  el 21 de diciembre dio un varapalo a las Entidades Bancarias resolviendo la Gran Sala del Alto Tribunal la nulidad de las cláusulas suelo desde la firma del préstamo hipotecario tumbado la sentencia nacional que establecía única y exclusivamente la nulidad de dichas cláusulas desde el 9 de mayo de 2013.

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¿QUÉ PROCESO DEBES SEGUIR?:

  1. Póngase en contacto con nosotros al objeto de comprobar si es posible su reclamación. Lo estudiaremos sin coste alguno para usted.
  2. Nos pondremos en contacto con su entidad para llegar a una solución extrajudicial en un breve plazo de tiempo.
  3. Si su banco no accede a reconocer sus derechos tramitaremos reclamación al Banco de España.
  4. Tras esta reclamación acudiremos a la vía judicial frente a su banco sin que hasta el momento usted haya hecho desembolso alguno.
  5. Nuestros honorarios oscilaran  en función de la cuantía a reclamar entre un (10 y 20 %)

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